Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios

El 13 de abril se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.
 
Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios
 
A partir del próximo 1 de junio, los propietarios de los inmuebles deberán disponer de un certificado de eficiencia energética para vender o alquilar los mismos.

El objeto de este Procedimiento básico lo constituye el establecimiento de las condiciones técnicas y administrativas para realizar las certificaciones de eficiencia energetica de los edificios y la metodología de cálculo, así como la aprobación de la etiqueta de eficiencia energética como distintivo común en todo el territorio español.

La finalidad de la aprobación de dicho Procedimiento básico es la promoción de la eficiencia energética, mediante la información objetiva que obligatoriamente se habrá de proporcionar a los compradores y usuarios en relación con las características energéticas de los edificios, materializada en forma de un certificado de eficiencia energética que permita valorar y comparar sus prestaciones.

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