Retos y oportunidades en la eficiencia energética

Objetivos Directiva 2002/91/CE: el certificado de eficiencia energética

En cumplimiento de los acuerdos de Kyoto, aparece en Europa la directiva 2002/91/CE sobre Calificación energética. En España la Calificación energética viene legislada por el Real Decreto 47/2007, de 19 de enero, publicado en el BOE de 31 de enero de 2007, que transpone parcialmente la Directiva europea 2002/91/CE estableciendo un procedimiento básico para la certificación de eficiencia energética de edificios de nueva construcción y gran rehabilitación.

El objetivo primordial es velar por la implementación de un documento cuyo objetivo es informar a los ciudadanos del comportamiento energético de los edificios nuevos, de los procedentes de grandes rehabilitaciones y en los edificios existentes. El Certificado energético es una herramienta importante a efectos de la capacidad de negociación cuando se adquieren bienes inmuebles o se celebran acuerdos de alquiler.

En este certificado, y mediante una etiqueta de eficiencia energética, se asigna a cada edificio una Clase Energética de eficiencia, que variará desde la clase A, para los energéticamente más eficientes, a la clase E, para los menos eficientes. Esta etiqueta ha de ser obligatoriamente incluida en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o alquiler del edificio objeto del decreto 47/2007.

Esta etiqueta energética tiene una caducidad de 10 años.

Los edificios son responsables de aproximadamente un 40 % del consumo de energía y son los responsables del 36 % de las emisiones de dióxido de carbono en la UE, por lo tanto es de vital importancia incidir en medidas regularizadoras en este sector. Paralelamente estas medidas permitirás a los hogares reducir drástricamente sus facturas energéticas, por lo que es esencial que los estados miembros apliquen plenamente esta legislación.

Incumplimientos Directiva 200/91/CE: eficiencia energética de los edificios existentes

Han transcurrido ya 9 años desde la entrada en vigor de la Directiva 2002/91/CE, referente a la eficiencia energética de los edificios. En la aplicación de la misma, y en concreto al certificado de eficiencia energética en los edificios existentes, que debía ponerse a disposición del posible comprador o inquilino, todavía no se ha desarrollado en nuestro país. Este incumplimiento ha comportado que La Comisión Europea (CE) haya denunciado a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (UE) por incumplimiento de la directiva relativa a la eficiencia energética de los edificios.

En noviembre de 2010, la Comisión solicitó a España, mediante un dictamen motivado, que cumpliera íntegramente los requisitos. Y aún así, sólo algunas Comunidades Autónomas lo han desarrollado y habilitado un registro propio. Esta situación difiere totalmente de la existente en otros estados europeos, como Austria, Francia y Finlandia, por poner un ejemplo, en donde todas las viviendas en venta o alquiler deben disponer del certificado energético oportuno.

Directiva 2010/31: Obligatoriedad "nearly zero energy buildings"

Otro de los retos en lo relativo a la certificación energética en los Edificios es la Directiva 2010/31 relativa a la eficiencia energética de los edificios, bajo la cual los Estados Miembros deberán de tomar las medidas necesarias para garantizar que se establezcan unos requisitos mínimos de eficiencia energética de tal forma que todos los edificios públicos construidos en Europa deberán de ser "nearly zero energy buildings" a partir del 31 de diciembre de 2018 y 31 de diciembre de 2020 para todos los edificios de titularidad privada.


Xavier Alberola Criado, arQuitecto